La AFIP publicó los nuevos valores vigentes para los trabajadores autónomos, a partir del 15 de marzo de 2024.
Categorías mínimas de revista:
A) Aportes mensuales de los trabajadores autónomos
B) Aportes mensuales de los trabajadores autónomos que realicen actividades penosas o riesgosas a las que les corresponde un régimen previsional diferencial
C) Afiliaciones voluntarias
D) Menores de 21 años
E) Beneficiarios de prestaciones previsionales otorgadas en el marco de la Ley N.º 24.241 y sus modificaciones, que ingresen, reingresen o continúen en la actividad autónoma
F) Amas de Casa que opten por el aporte reducido previsto por la Ley Nº 24.828
Categorías mínimas de revista, vigentes hasta febrero de 2007
A) Aportes mensuales de los trabajadores autónomos
B) Beneficiarios de prestaciones previsionales otorgadas en el marco de la Ley N.º 24.241 y sus modificaciones, que ingresen, reingresen o continúen en la actividad autónoma
C) Amas de Casa que opten por el aporte reducido previsto por la Ley Nº 24.828
Rentas de referencia para el cálculo de los aportes previsionales de los trabajadores autónomos (Artículos 8°, Ley N° 24.241 y modificaciones)