La Agencia de Recaudación y Control Aduanero, mediante la la resolución general 5717 publicada en el Boletín Oficial de hoy, amplió hasta el 30 de junio de 2026 la suspensión de las ejecuciones fiscales para aquellas empresas beneficiarias del “Régimen de Promoción Industrial” dispuesto por la ley 22021.
Esta medida brinda un nuevo plazo para la tramitación y verificación de los certificados de cumplimiento promocional.
La decisión de ARCA, que entra en vigencia a partir de hoy, 1° de julio, da continuidad a una serie de prórrogas que se han venido sucediendo desde la implementación del artículo 79 de la Ley 27341.
Dicha norma, que formó parte del Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2017, previó la condonación de deudas generadas hasta el período fiscal 2015 por el usufructo de bonos de crédito fiscal que superaban lo originalmente reconocido.
Contexto y fundamentos de la medida
La Ley 27341 incorporó el artículo 116 bis a la ley 11672, estableciendo la condonación de estas deudas para empresas que, en su momento, accedieron a beneficios de la Ley de Promoción Industrial.
Para ello, se estableció un procedimiento específico a cargo de los entonces Ministerios de Hacienda y de Producción (actualmente, el Ministerio de Economía y la Secretaría de Industria y Desarrollo Productivo, respectivamente) para la emisión del Certificado de Cumplimiento Promocional.
Este certificado es el documento que acredita la condonación de las deudas.
Sin embargo, el proceso de emisión y evaluación de estos certificados ha tomado más tiempo del inicialmente previsto.
La resolución general (AFIP) 4129 fue la primera en suspender las ejecuciones fiscales mientras se realizaban las verificaciones pertinentes.
Posteriormente, esta suspensión fue prorrogada de forma sucesiva por una docena de resoluciones generales, siendo la última la resolución general (ARCA) 5627 que fijaba el plazo hasta el 30 de junio de 2025.