Por medio de la Disposición (CA) 11/2026 que se publicó hoy en el Boletín Oficial, la Comisión Arbitral resolvió modificar las fechas de vencimiento correspondientes a las obligaciones tributarias de la segunda quincena de octubre del Sistema de Recaudación y Control de Agentes de Recaudación (SIRCAR), del Sistema de Recaudación sobre Tarjetas de Crédito y Compra (SIRTAC) y del anticipo de octubre del Sistema Federal de Recaudación (SIFERE).
El motivo de los cambios en los vencimientos se fundamenta en la publicación del DNU 1103/2026, mediante el cual el Poder Ejecutivo declaró de interés nacional la visita oficial a la República Argentina de Su Santidad el Papa León XIV.
En consecuencia, se establecieron los siguientes feriados:
• Lunes 9 de noviembre de 2026: feriado nacional.
• Martes 10 de noviembre de 2026: feriado en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en la Provincia de Córdoba.
• Miércoles 11 de noviembre de 2026: feriado en la Provincia de Buenos Aires.
Ante este esquema de feriados que afectaba la operatividad habitual, la Comisión Arbitral dispuso adaptar los cronogramas de vencimientos.
Nuevo calendario de vencimientos
1. Agentes de Recaudación (SIRCAR)
Las presentaciones de las declaraciones juradas y pagos correspondientes a la 2ª quincena de octubre de 2026, cuyos vencimientos originales operaban los días 9 y 10 de noviembre, se considerarán efectuados en término si se realizan hasta el:
• Viernes 13 de noviembre de 2026, inclusive (para todas las CUITs).
2. Tarjetas de Crédito y Compra (SIRTAC)
Para los agentes de retención del Impuesto sobre los Ingresos Brutos alcanzados por el SIRTAC, el vencimiento de la 2ª quincena de octubre de 2026 para los dígitos verificadores de CUIT finalizados en 5, 6, 7, 8 o 9 (previsto para el 11/11/2026) se traslada al:
• Viernes 13 de noviembre de 2026, inclusive.
3. Contribuyentes de Convenio Multilateral (SIFERE)
Se acomodó el calendario de vencimientos para la presentación de las declaraciones juradas y pago del anticipo correspondiente a octubre de 2026 del Impuesto sobre los Ingresos Brutos (SIFERE), el cual quedará estructurado según la terminación del número de CUIT de la siguiente manera: