El Tribunal Fiscal de la Nación hizo lugar, por mayoría, al amparo presentado por un contribuyente por la demora excesiva de la AFIP en resolver la devolución de percepciones que le fueran aplicadas sobre las operaciones alcanzadas por el “Impuesto PAIS” por varios meses del 2023. Al respecto, le ordenó a la AFIP que en el plazo de 30 días resuelva el trámite, bajo apercibimiento de poner en conocimiento del superior su incumplimiento.