Se publicó el Decreto 977/2024, por el cual se dispone una nueva prórroga para la adhesión, el pago adelantado obligatorio, la presentación de la declaración jurada y el pago del impuesto especial de regularización de las TRES (3) etapas del Régimen de Regularización de Activos.
De esta forma, se establece la prórroga conforme el siguiente detalle:
La norma señala que los sujetos podrán regularizar los fondos entre el 1° de noviembre de 2024 y el 8 de noviembre de 2024, habiendo regularizado o no fondos al 31 de octubre de 2024, inclusive.
Quienes retiren -parcial o totalmente- fondos a partir del 1º de noviembre 2024, conforme la normativa indicada, no podrán regularizar montos adicionales a partir de esa fecha de retiro.
Los fondos regularizados en este período de prórroga deberán mantenerse depositados en las cuentas especiales o afectados a los destinos e inversiones autorizados hasta el 8 de noviembre de 2024, inclusive.
A partir del 9 de noviembre de 2024, si los fondos totales exteriorizados fuesen de hasta USD 100.000, podrán retirarse sin que queden sujetos a retención alguna.
Cuando el monto total sea mayor a USD 100.000, para no quedar sujetos a la retención 5 % deberán continuar manteniendo esos fondos en las cuentas especiales o afectándolos a los destinos e inversiones autorizados por la norma, hasta el 31 de diciembre de 2025, inclusive.
Ayer el Ministro de Economía, Luis Caputo, había anunciado a través de su cuenta de X que, debido a algunos problemas informáticos y administrativos con respecto a la transferencia desde el exterior del pago del impuesto especial, se extendería hasta el 8 de noviembre la primer etapa del régimen de regularización de activos dispuesto por la ley 27743.
Con esta prórroga, el Gobierno establece que las personas que deseen exteriorizar dinero en efectivo, podrán depositar el mismo en un banco hasta el 8 de noviembre inclusive.
En su habitual conferencia de prensa, el vocero presidencial Manuel Adorni señaló ayer que ya se habían ingresado u$s18.000 millones en el blanqueo.