La Dirección General de Rentas redefine los sujetos obligados a actuar como agentes de retención y/o percepción, estableciendo que deberán hacerlo quienes hayan obtenido ingresos brutos operativos iguales o superiores a $1.020.000.000 en el año calendario anterior, o quienes inicien actividades y superen los $85.000.000 mensuales en un semestre. Además, incluye a quienes operen en la provincia, independientemente de su domicilio, y a aquellos que la DGR determine por razones de interés fiscal mediante resolución específica.
Novedades Impositivas y Laborales
CORRIENTES ACTUALIZA LOS PARÁMETROS DEL RÉGIMEN UNIFICADO DE RETENCIONES Y PERCEPCIONES
Información
- Jurisdicción Provincial
- Provincia(s) Corrientes
- Tipo de Impuesto Ingresos Brutos