Novedades Impositivas y Laborales

 

CRIPTOMONEDAS: ¿CUÁNTAS EMPRESAS SE INSCRIBIERON ANTE LA CNV EN ARGENTINA?

 

El lunes 3 de junio de 2024 venció el plazo que las empresas calificadas como proveedores de servicios con activos virtuales (PSAV) tenían para efectuar el correspondiente registro ante la Comisión Nacional de Valores (CNV). Este procedimiento era necesario para poder operar en el marco de las regulaciones vigentes en Argentina.

Un total de 35 personas jurídicas enviaron los debidos formularios en el tiempo estipulado. Entre ellas se encuentran reconocidos exchanges como SatoshiTango, Tienda Crypto, Fiwind y ArgenBTC. Además de exchanges también se encuentran los nombres de otras compañías vinculadas a la industria de bitcoin (BTC) y las criptomonedas, por ejemplo, el marketplace Kriptonmarket.

La obligatoriedad de este registro había sido estipulada el pasado 22 de marzo mediante la resolución general 994 de la CNV en cumplimiento de legislaciones previamente aprobadas en el Congreso nacional.

El registro busca satisfacer las recomendaciones del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) del cual la República Argentina es un país miembro. En ellas se establecen ciertos requisitos que pretenden servir como herramientas en la lucha contra el terrorismo y la prevención del lavado de activos.

A partir de ahora, la CNV podrá enviar intimaciones a las entidades que operen con criptomonedas en el país pero no hayan cumplido el registro que la ley local establece.

En el texto de la reglamentación que el organismo regulador de valores ha dispuesto puede leerse que la entidad que no esté debidamente registrada “deberá abstenerse de realizar en el país cualquiera de las actividades u operaciones comprendidas” en la ley. Estas actividades comprenden el intercambio de criptomonedas entre sí, la compraventa de criptomonedas, su transferencia, custodia, administración y, además, la provisión de todo tipo de servicios financieros relacionados a criptomonedas.

Roberto Silva, presidente de la CNV, se manifestó satisfecho. “Finalizamos el período con un buen número de proveedores registrados y otros en proceso de registración”, aseguró. El funcionario añadió: “Con esta inscripción, las personas identificadas como PSAV se convierten en sujetos obligados bajo la normativa de la Unidad de Información Financiera (UIF)”.

Críticas y respaldo a la regulación “cripto” en Argentina

La implementación de este registro de proveedores de servicios con activos virtuales no ha estado exenta de polémica. Muchos consideran que la medida puede limitar el desarrollo de la industria al ponerle trabas, por ejemplo, a los cambistas individuales o a las empresas incipientes.

La ONG Bitcoin Argentina está convencida de que “la definición de PSAV como sujetos obligados debe referirse sólo a los grandes exchanges, y debe excluir a las personas que realizan operaciones persona a persona, a título habitual o no, con liquidación en cuentas bancarias o de Proveedores de Servicios de Pago (PSP), que ya son sujetos obligados”.

Para esta entidad no gubernamental, resulta “redundante y superfluo” que se exija tales obligaciones administrativas a individuos o pequeños comerciantes cuya relevancia en el mercado no puede equipararse a la de un exchange o un banco.

Por otro lado, la Cámara Argentina Fintech se ha pronunciado de manera favorable a este tipo de reglamentaciones. En un comunicado que fue publicado el 25 de marzo se lee: “La Cámara Argentina Fintech entiende que se dio un paso importante en el posicionamiento de la Argentina como líder de la industria cripto a nivel mundial. El establecimiento de un marco normativo adecuado, inteligente y flexible con la evolución de la tecnología y que, al mismo tiempo, preserve la seguridad de los usuarios, es de gran ayuda para este proceso”.

Lo cierto es que, a pesar de las polémicas, críticas y adhesiones que ha desatado, la normativa se encuentra en vigencia y ejecutándose de acuerdo a los designios de la CNV. En próximos días podrían empezar a verse intimaciones por parte del organismo regulador hacia aquellas empresas y personas que brindan servicios con criptomonedas, pero no efectuaron el correspondiente registro.