La Secretaría de la Pequeña y Mediana Empresa, Emprendedores y Economía del Conocimiento, por medio de la resolución 162/2025, estableció, con carácter de excepción, la prolongación al 14 de agosto del período para la presentación de la solicitud de inclusión en el universo de Empresas Grandes a los fines del régimen de Factura de Crédito Electrónica MiPyMEs.
Esta medida responde a las situaciones que se detectaron, en las que diversas compañías, a pesar de cumplir con los requisitos para ser consideradas como ‘Empresas Grandes’, no pudieron completar el procedimiento de solicitud correspondiente en tiempo y forma.
Por medio de la resolución conjunta (SSP – SEyPyME) 1/2019, se fijó que las corporaciones que hayan solicitado su inscripción en el Registro de Empresas MIPYMES y no se les haya extendido el certificado por superar los topes de ventas, podrán requerir dejar de ser consideradas como Micro, Pequeñas y Medianas Empresas para pasar a ser incluídas en el universo de “Empresas Grandes”, a los efectos de la Ley 27440.
¿Cuál era el plazo original para la inclusión del universo de “Empresas Grandes”?
El lapso original para realizar la solicitud de inclusión en el universo de “Empresas Grandes” opera entre el octavo día hábil del mes de mayo y hasta el día 20 de junio de cada año, ambos inclusive.
Se señala que este plazo se había instaurado por medio de la resolución conjunta (SSP – SEyPyME) 1/2019 y que la mencionada solicitud debe realizarse mediante el trámite habilitado a tal fin en la plataforma de Trámites a Distancia.