Novedades Impositivas y Laborales

 

INICIAN DEMANDA PARA IMPEDIR LA ELIMINACIÓN DEL SERVICIO DE GRÚA EN LOS SEGUROS

 

A partir del 24 de julio de 2024, las compañías de seguro ya no estarán obligadas a incluir dentro de las pólizas el servicio de remolque y auxilio mecánico para casos de desperfectos mecánicos, problemas de batería, pinchaduras, etc. Esta medida, establecida en la Resolución 217/2024 de la Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN), generó polémica y motivó acciones legales por parte de asociaciones de consumidores.

Según la nueva normativa, las pólizas ya no podrán incluir el servicio de remolque y auxilio mecánico para los usuarios, excepto en casos de siniestros específicos como daños, incendios, robos o hurtos. Esta resolución elimina la cobertura existente para situaciones comunes como desperfectos mecánicos, problemas de batería, pinchaduras, y falta de combustible.

La nueva reglamentación deberá entrar en vigencia en un plazo máximo de 90 días, es decir, el 24 de julio. A partir de esta fecha, todas las nuevas contrataciones de seguros estarán sujetas a estas condiciones, y las pólizas existentes cambiarán sus términos al ser renovadas.

Reacción de los Consumidores

Ante esta situación, la Asociación de Consumidores y Usuarios de la Argentina (ACUDA) ha iniciado una acción colectiva contra la SSN. ACUDA busca anular el artículo 2° de la Resolución 217, que elimina el servicio de remolque en casos no relacionados con siniestros. La entidad argumenta que esta resolución priva a los consumidores de un beneficio previamente incluido en sus pólizas.

Además de solicitar la nulidad del artículo mencionado, ACUDA ha presentado una solicitud de medida cautelar para mantener los servicios de remolque bajo las condiciones anteriores a la entrada en vigor de la resolución.

Ricardo Espinosa, presidente de ACUDA, expresó su preocupación sobre el impacto económico que esta normativa tendrá en los consumidores, quienes deberán contratar servicios de remolque por fuera de sus seguros.

La demanda de ACUDA se basa en tres ejes principales:

• Quebrantamiento de Intereses Económicos y Desequilibrio Contractual: Los consumidores tendrían que pagar prácticamente el mismo precio por pólizas que ya no incluyen servicios esenciales.

• Afectación del Principio de Buena Fe: Los consumidores confiaron en la estabilidad de los términos acordados al contratar el seguro.

• Perjuicio Económico: La eliminación de la cobertura de remolque no se refleja en una reducción significativa del precio de las primas.

Reacciones del mercado asegurador

A pesar de la inminente fecha de entrada en vigor, la mayoría de las compañías de seguros no ha establecido aún los nuevos costos y opciones de servicio adicional para remolques por desperfectos mecánicos. Sin embargo, algunas empresas están negociando con prestadores de servicios de acarreo para ofrecer estos servicios a precios reducidos.

Algunas aseguradoras han comunicado a sus clientes que dejarán de prestar el servicio desde el 1 de julio y ofrecerán compensaciones por los días sin cobertura. Esta situación preocupa a las asociaciones de consumidores, ya que temen que las compañías den de baja las pólizas vigentes antes de tiempo para evitar prestar el servicio.

La resolución estipula que solo deben modificarse las nuevas pólizas emitidas después del 24 de julio, por lo que cancelar las pólizas actuales representaría un incumplimiento de las condiciones contratadas.