Novedades Impositivas y Laborales

 

La AFIP otorga plazo especial para los vencimientos entre el 18 y 21 de diciembre

 

La AFIP, por medio de la resolución general 5467, establece un plazo especial para las obligaciones de presentación de las declaraciones juradas y/o pago -excepto las cuotas de planes de facilidades de pago- con vencimientos acaecidos entre los días 18 y 21 de diciembre de 2023, ambos inclusive.

De esta manera, se considerarán cumplidas en término la presentación de las declaraciones juradas y/o pago siempre que se hayan efectivizado hasta el 22 de diciembre de 2023, inclusive.

Este plazo especial incluye solo a las obligaciones a cargo de los contribuyentes con domicilio fiscal en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en la Provincia de Buenos Aires.

Señalamos que la AFIP estableció este plazo especial por la interrupción en el suministro de los servicios de electricidad, telefonía e internet como consecuencia de las inclemencias climáticas acontecidas recientemente en el Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA) y en diversas zonas del interior de la Provincia de Buenos Aires y que por este motivo determinados contribuyentes pudieron haberse encontrado imposibilitados para cumplir, en tiempo y forma, con la presentación de las declaraciones juradas y/o pago de las obligaciones impositivas.