Novedades Impositivas y Laborales

 

MICROEMPRESAS: SE EXTIENDE AL 2026 LA COMPENSACIÓN DE CONTRIBUCIONES PATRONALES CON EL IMPUESTO SOBRE DÉBITOS Y CRÉDITOS

 

El Poder Ejecutivo, por medio del decreto 923/2025, prolongó hasta el 31 de diciembre de 2026 la posibilidad de que las microempresas puedan optar por computar, hasta un 30 % del impuesto sobre los créditos y débitos en cuentas bancarias y otras operatorias, como pago a cuenta de hasta el 15 % de las contribuciones patronales -dispuesto por el D. 394/2023-;

La acreditación como pago a cuenta no obsta la aplicación de las disposiciones del artículo 6° de la Ley 27264 de Carácter Permanente del Programa de Recuperación Productiva y sus modificaciones, tanto por el 70% restante del impuesto sobre los créditos y débitos en cuentas bancarias y otras operatorias, efectivamente ingresado, como así también por el remanente no utilizado.

Cómputo del pago a cuenta de contribuciones patronales

Se recuerda que, por medio de la resolución general 5405, la AFIP reglamentó el mecanismo para que las microempresas puedan computar, hasta un 30% del impuesto sobre los créditos y débitos en cuentas bancarias y otras operaciones efectivamente ingresado, como pago a cuenta de hasta el 15% de las contribuciones patronales.