Novedades Impositivas y Laborales

 

MODIFICACIONES AL RÉGIMEN DE INSCRIPCIÓN DE COOPERATIVAS EN EL REGISTRO DE EMPRESAS MIPYMES

 

La Sec. Pequeña y Mediana Empresa, Emprendedores y Economía del Conocimiento mediante resolución 124/2025, modifica el procedimiento para la inscripción de cooperativas en el Registro de Empresas MiPyMEs, al determina que cuya nómina de miembros deberá ser informada a través del sistema informático del INAES.

Integración con el Sistema del INAES

Como es sabido, las cooperativas deben informar los datos de sus miembros para ser consideradas MiPyMEs, la resolución introduce como cambio fundamental que la Secretaría de la Pequeña y Mediana Empresa, Emprendedores y Economía del Conocimiento (SPYMEEYEC) obtendrá directamente la nómina de integrantes que surja del Sistema Integrado de Nómina de Asociados y Autoridades de Cooperativas y Mutuales del INAES, hasta hoy, debían hacerlo a través de una declaración jurada en la plataforma del Registro de Empresas MiPyMES o en la Plataforma de Trámites a Distancia (TAD).

Por lo tanto, no será necesaria la presentación de una declaración jurada individual de miembros para cooperativas: el organismo obtendrá directamente esta información del sistema del INAES.

Verificación de cumplimiento con INAES

Asimismo, al momento de solicitar la inscripción como MiPyME, se verificará que la cooperativa haya realizado la última presentación de su nómina en el sistema del INAES ‘en tiempo y forma’ según lo establecido por la Resolución N° 756/2025 del INAES.

¿Cuál es el objetivo de la norma?

Este cambio busca simplificar y agilizar el proceso de inscripción para las cooperativas, aprovechando la información que ya deben presentar al INAES.

¿Desde cuándo aplica?

Este nuevo procedimiento se aplicará a todas las solicitudes de inscripción al Registro de Empresas MiPyMEs realizadas a partir del 1° de junio de 2025.