La Administración Federal de Ingresos Públicos, a través de la Resolución General 5534, publicada en el Boletín Oficial del día lunes 29 de julio, oficializa la información publicada el viernes por la noche, extendiendo el plazo para realizar la recategorización del régimen simplificado hasta el próximo 9 de agosto.
De esta forma el Fisco otorga más tiempo a los contribuyentes en virtud de la ley 27743, que incluye los nuevos montos máximos de facturación, entre otros beneficios tributarios.
Además, prorroga hasta el 28 de agosto la fecha de vencimiento para realizar el ingreso de la cuota del mes.
También extiende hasta el 30 de septiembre el plazo para que quienes hayan renunciado o hubiesen sido excluidos del monotributo para pasar al régimen general, desde el 1° de enero al 31 de julio, puedan ejercer la opción de retornar al régimen simplificado.
La recategorización es un procedimiento obligatorio que deben realizar los monotributistas cada seis meses para determinar si de acuerdo a los ingresos de los últimos 12 meses les corresponde cambiar de categoría.
En caso de mantener la misma categoría no es necesario realizar ningún trámite.
Las obligaciones de pago resultantes de la recategorización tienen efecto para el período comprendido entre el 1° de agosto de 2024 y el día 31 de enero de 2025.
Calculadora de recategorización de monotributo 2024
En el micrositio “Monotributo”, disponible en errepar.com, ya contás con la calculadora para la recategorización del monotributo 2024.
Con esta calculadora exclusiva, vas a poder consultar la categoría y las escalas del Monotributo 2024 en la que debe revestir el contribuyente, teniendo en cuenta la actualización de los distintos parámetros que resultan aplicables para la próxima recategorización.