Se establece que, en relación al requisito de servicios, no se computarán los servicios amparados en esquemas de regularización de deudas previsionales, a excepción de aquellos cuyas deudas hayan sido canceladas con anterioridad al 30 de junio de 2023. Asimismo, se aclara que la situación de desempleo debe verificarse al 30 de junio de 2023 y mantenerse a la fecha de solicitud de la Prestación Anticipada, así como durante todo el período de percepción de la misma.