Oportunamente, la Ley 14.069 estableció en su artículo 35, que los beneficios de estabilidad fiscal dispuestos en el artículo 22 de la Ley N° 13750 alcanzarán a las actividades de comercio, servicios, agropecuarias e industriales y regirán hasta el 31 de diciembre de 2023.
Recordamos que accedieron a los beneficios de estabilidad fiscal únicamente los contribuyentes o responsables que se encuentren encuadrados como «Pymes Santafesinas».
Destacamos que a la fecha de la presente no existe una normativa a nivel provincial que establezca la prórroga de la mencionada estabilidad fiscal, lo cual -en caso que el actual gobierno no promulgue una normativa que la prorrogue nuevamente- puede generar una suba importante en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos a tributar durante el año 2024, dependiendo de cada actividad y de la situación particular de cada empresa.
Por tal motivo, sugerimos estar atentos a dicho impacto, en particular teniendo en consideración su incidencia en los costos de la empresa.