Se establece que no se encuentran sujetos a retención, los intereses generados por depósitos en moneda extranjera efectuados por personas humanas y sucesiones indivisas en entidades financieras reguladas por la ley 21526.
Se establece que no se encuentran sujetos a retención, los intereses generados por depósitos en moneda extranjera efectuados por personas humanas y sucesiones indivisas en entidades financieras reguladas por la ley 21526.