Se establecen nuevos montos fijos actualizados del impuesto sobre los combustibles líquidos (ICL) y del impuesto al dióxido de carbono (IDC) para
naftas y gasoil, aplicables a los hechos imponibles que se perfeccionen entre el
1° y el 31 de agosto.
Además, se dispone que el incremento total remanente de las actualizaciones correspondientes al año 2024, 2025 y al primer trimestre del año calendario 2026, comenzará a regir desde el 1° de septiembre de 2026.