Novedades Impositivas y Laborales

 

SE MODIFICAN ASPECTOS RELACIONADOS CON LAS CATEGORÍAS DE LOS USUARIOS GENERADORES DE ENERGÍA Y EL VALOR DE POTENCIA INSTALADA MÁXIMA PERMITIDA POR PUNTO DE SUMINISTRO PARA TODAS LAS CATEGORÍAS DE USUARIO GENERADOR.

 

Se establece que la AFIP podrá percibir el pago del 100% del impuesto PAIS en los casos de importación para consumo de mercadería previamente importada bajo una destinación suspensiva de importación temporaria. Por otra parte, se realizan determinadas adecuaciones al régimen de importación temporaria de mercaderías destinadas a recibir un tratamiento industrial.