Novedades Impositivas y Laborales

 

SOLICITAN PRORROGAR EL PLAZO DE PRESENTACIÓN DE LA DECLARACIÓN JURADA DEUDA DE IMPORTACIÓN

 

El Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad de Buenos Aires solicitó a la AFIP prorrogar el plazo de presentación de la ‘Declaración Jurada Deuda de Importación – RG5466/2023”, cuyo vencimiento opera el 10 de enero.

El motivo por el cual se solicita esta extensión del plazo se debe a inconvenientes de acceso y de carga en el Servicio “Declaración Jurada Deuda de Importación – RG5466/2023” y, considerando que dicha solicitud no afecta al sistema de recaudación pública y ayuda a contar con información actualizada para la AFIP, es por lo que el Consejo solicita evaluar la posibilidad de otorgar una prórroga de 10 días hábiles para completar la misma.

Padrón de Deuda Comercial por Importaciones con Proveedores del Exterior

Recordamos que, la AFIP junto a la Secretaría de Comercio, a través de la resolución general conjunta 5466/2023, crearon el “Padrón de Deuda Comercial por Importaciones con Proveedores del Exterior” en el cual deben inscribirse los sujetos que cuenten con deuda comercial por importaciones de bienes y/o de servicios y efectuar la correspondiente declaración jurada.

Los sujetos alcanzados debían completar el registro de deuda conforme las pautas establecidas en el micrositio “Sistema Estadístico de Importaciones (SEDI)”, disponible en el sitio web de la AFIP, dentro del plazo de 15 días corridos, a contar desde el 27 de diciembre de 2023, trascurrido el cual, no podrían efectuar presentación alguna.

Asimismo, podrán inscribirse en el registro aquellos sujetos que habiendo tenido deuda con proveedores del exterior, han logrado cancelar la misma mediante otros mecanismos que no implican el giro de divisas, dejando asentado de este modo, el cumplimiento total de las obligaciones de pago asociadas a esa operación.