La Dirección General de Rentas elimina el requisito de certificación de Contador Público, en el trámite las solicitudes de contribuyente de:
exclusión de regímenes de retención, percepción, pagos a cuenta y anticipos mínimos;
reducción de las alícuotas de retención o percepción, pagos a cuenta y anticipos mínimos;
devolución de saldos a favor;
compensación de saldos a favor con deudas de diferentes tributos o con regímenes de retención y/o percepción; y
cesión y transferencia de saldos a favor.