Se aprueban los bienes del sector agropecuario que podrán acceder a los
beneficios impositivos del RIMI, sin necesidad de cumplir con los montos mínimos
de inversión exigidos por el régimen.
Entre las categorías comprendidas en este beneficio se encuentran:
Sistemas y/o equipos de riego;
Mallas antigranizo, postes y alambrados; y
Animales vivos