El Registro de Personas Jurídicas, Empresas y Contratos, autoriza a las asociaciones civiles de Categoría I, cuyos ingresos anuales no superen el tope de facturación de la Categoría H del Monotributo al cierre del ejercicio, a sustituir la presentación de estados contables completos por una declaración jurada de ingresos, un estado de recursos y gastos certificado por contador público, la memoria y el informe del órgano de fiscalización.
Esta dispensa no modifica la categorización general de las entidades ni las exime del control registral ordinario.