Novedades Impositivas y Laborales

 

ARCA: NUEVAS TASAS DE INTERESES RESARCITORIOS Y PUNITORIOS

 

Mediante la resolución 823/2025, publicada en el Boletín Oficial del día de hoy, el Ministerio de Economía actualizó las tasas de interés resarcitorios y punitorios aplicables tanto a las obligaciones fiscales y aduaneras a partir del 1° de julio, inclusive.

Al respecto, el Ministerio fija en 2,75% mensual la tasa de interés resarcitorio, mientras que la tasa de interés punitorio queda establecida en el 3,50% mensual.

Esta decisión ministerial, que surge en virtud de las facultades conferidas por el artículo 64 de la ley 27591, busca adecuar los porcentajes a las ‘condiciones económicas actuales’, según se desprende de los considerandos de la resolución.

Es una práctica recurrente en la gestión económica la revisión de estas tasas, siendo la última modificación significativa la introducida por la resolución 199/2025 del mismo Ministerio, que ahora es sustituida.

¿Cómo quedan las nuevas tasas?

Los cambios más relevantes son los siguientes:

• Interés resarcitorio: se establece en un 2,75% mensual. Este porcentaje se aplicará a aquellas deudas que los contribuyentes y responsables no ingresen en término.

• Interés punitorio: la tasa asciende al 3,50% mensual. Este interés se aplica sobre los saldos impagos una vez que el Fisco inicia acciones de ejecución fiscal.

• Interés a favor del contribuyente: para los casos de devoluciones, reintegros o compensaciones de impuestos a favor de los contribuyentes, la tasa se fija en un 0,50% mensual.

Es importante destacar que la resolución 823/2025 especifica que, para las obligaciones cuyo vencimiento hubiera operado antes del 1° de julio de 2025, se deberán aplicar los regímenes de tasas vigentes durante cada uno de esos períodos.