Novedades Impositivas y Laborales

 

ARCA PRORROGÓ LA PRESENTACIÓN DE BALANCES PARA CIERRES DICIEMBRE 2025

 

A través de la resolución general 5871, publicada hoy en el Boletín Oficial, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) oficializó la extensión, hasta el 31 de julio, del plazo para que las sociedades, empresas unipersonales, fideicomisos y demás sujetos que confeccionen balances comerciales presenten la documentación complementaria del impuesto a las ganancias.

La medida alcanza de manera exclusiva a los contribuyentes cuyos ejercicios económicos hayan cerrado en el mes de diciembre de 2025.

¿Cuál es el nuevo vencimiento?

De acuerdo con el artículo 1° de la flamante normativa, los sujetos comprendidos en la resolución general (AFIP) 4626 podrán presentar la información contable requerida hasta el 31 de julio de 2026, inclusive.

¿Qué documentación se encuentra alcanzada por la prórroga?

El diferimiento aplica específicamente a las obligaciones dispuestas por los incisos b) y c) del artículo 4° de la RG (AFIP) 4626, que detallan la presentación de:

• La Memoria, los Estados Contables (Balance General, Estado de Resultados, Estado de Evolución del Patrimonio Neto, Estado de Flujo de Efectivo, Notas y Anexos).

• El Informe del Auditor (dictamen profesional) debidamente certificado por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas correspondiente.

• Demás documentación complementaria exigida por el organismo fiscal.

Los motivos de la medida.

Dentro de los considerandos de la norma, el fisco nacional justificó la decisión señalando que la prórroga se otorga ‘atento a lo solicitado por diversas entidades representativas de profesionales en ciencias económicas’.

De esta manera, las gestiones y reclamos presentados por los distintos Consejos Profesionales y Federaciones del país lograron eco en las autoridades de ARCA, otorgando un alivio en el calendario fiscal para los profesionales que se encontraban con una fuerte sobrecarga de tareas operativas y cierres simultáneos.

Vigencia

La resolución general 5871 entra en vigencia a partir del día de hoy, martes 30 de junio, coincidiendo con su publicación en el Boletín Oficial.