Novedades Impositivas y Laborales

 

ARCA PRORROGÓ NUEVAMENTE EL VENCIMIENTO PARA PRESENTAR LA DECLARACIÓN JURADA DE GANANCIAS 2025

 

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), mediante la Resolución General 5911/2026 publicada este jueves 8 de octubre en el boletín oficial, estableció un esquema diferido de vencimientos para que las personas humanas y sucesiones indivisas cumplan con la presentación de las declaraciones juradas del Impuesto a las Ganancias correspondientes al período fiscal 2025.

La normativa, que entró en vigencia el mismo día de su publicación, atiende los reclamos del sector profesional y busca aliviar el calendario de cargas fiscales.

Cronograma y fechas claves

De acuerdo con el texto oficial difundido por el fisco, las nuevas fechas límites se fijaron del siguiente modo:

• Presentación de la Declaración Jurada de Ganancias (Personas Humanas y Sucesiones Indivisas – Período Fiscal 2025): se extendió el plazo especial para el envío hasta el 30 de octubre de 2026.

 

• Trámite de caracterización de “Pequeño Contribuyente”: se modificó lo dispuesto anteriormente (modificando el Art. 1° de la RG 5902), trasladando el límite del 23 de octubre de 2026 al 16 de noviembre de 2026.

 

• Ingreso del tributo: la medida otorgó una prórroga formal para la presentación de los datos de la declaración jurada. En lo referente al pago del saldo resultante del impuesto, cabe recordar que el calendario previo preveía su regularización con fecha límite al 27 de julio de 2026.

Alivio para la profesión contable

La postergación hasta el 30 de octubre permite a contadores y contribuyentes completar la confección de las declaraciones con un margen temporal más amplio, reduciendo el impacto de las inconsistencias operativas y la saturación del sistema informático en los días previos al cierre.