Se amplían las operaciones de destinación suspensiva, por las que se pueden
constituir garantías mediante la utilización de una declaración jurada -prevista
en el Decreto 838/25- como resguardo suficiente de las obligaciones fiscales.
Las presentes disposiciones serán de aplicación de acuerdo con el cronograma de
implementación que se publique en el micrositio “Garantías -Operaciones
aduaneras” del sitio web de ARCA