Novedades Impositivas y Laborales

 

IMPUESTO PAIS: EL GOBIERNO ORDENÓ SU AMPLIACIÓN

 

A través del Decreto 385/2024, el Poder Ejecutivo dispuso la ampliación del Impuesto PAÍS gravando con una alícuota del 17.5% tanto para la compra de divisas destinadas a giros de utilidades y dividendos, como para quienes suscriban a tales fines los Bonos para la Reconstrucción de una Argentina Libre.

De igual modo, el impuesto PAÍS ya se aplicaba a la compra de billetes y divisas para atesoramiento o sin un destino específico vinculado al pago de obligaciones, para el pago de obligaciones por la adquisición en el exterior de servicios personales, culturales y recreativos, como así también para el pago de obligaciones por la importación de mercaderías y de fletes.

Actualmente, con el decreto se extiende a compra de bonos BOPREAL para el pago de utilidades y dividendos, así como también a la repatriación de inversiones de portafolio de no residentes generadas en cobros en el país de utilidades y dividendos recibidos a partir del 1° de septiembre de 2019, inclusive.

Se aclara en los considerandos de la norma que es necesario continuar profundizando los incentivos a la inversión Nacional que estimulen la producción y la realización de actividades económicas en el país, garantizando un sendero fiscal sostenible.

Por lo tanto, teniendo en consideración dicho objetivo y la operatoria de compra de BOPREAL a la que podrán acceder aquellas personas jurídicas que quieran distribuir utilidades sobre la base de estados contables cerrados y auditados, se estima adecuado ‘extender el alcance del impuesto PAÍS a las compras de billetes y divisas en moneda extranjera para la distribución de utilidades y dividendos y para la repatriación de inversiones de portafolio de no residentes generadas en cobros en el país de tales conceptos recibidos desde el 1° de septiembre de 2019, inclusive, así como también a las suscripciones de BOPREAL que sean efectuadas a tales fines’.