La Secretaría de Minería aprueba los requisitos, las condiciones y los
procedimientos para que la misma realice las intervenciones técnicas en las solicitudes de devolución del crédito fiscal del IVA que se inicien en la Plataforma SIR.
Señalamos que el pedido de devolución debe iniciarse en el Sistema Integral de Recupero bajo el código 006, \»Régimen de recupero de créditos fiscales de IVA para las inversiones de la Actividad Minera\», Formulario F 8147; y además deberá iniciarse un expediente electrónico ante la Secretaría de Minería mediante la Plataforma de Trámites a Distancia, donde se remitirá determinada información para su evaluación técnica.