Novedades Impositivas y Laborales

 

La AFIP establece un régimen de facilidades de pago para deudas vencidas al 31 de agosto

 

A través de la resolución general 5425, (publicada en BO 29/9/2023), la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) incluye dentro del plan de facilidades de pago que permite la regularización de las obligaciones impositivas, aduaneras y de los recursos de la seguridad social, así como la suspensión del inicio de los juicios de ejecución fiscal y de la traba de medidas cautelares hasta el 31 de diciembre de 2023, a las medianas empresas –Tramo 2- y a los demás contribuyentes.

A tal fin fija los requisitos, plazos y demás condiciones.

Sujetos comprendidos

Entre los sujetos comprendidos se encuentran pequeños contribuyentes, micro, pequeñas y medianas empresas –Tramos 1 y 2- con certificado MIPYME vigente y entidades sin fines de lucro que se encuentren adheridas al plan de facilidades de pago.

Régimen de facilidades de pago

Se instrumenta un régimen para la regularización de obligaciones impositivas y de los recursos de la seguridad social –incluidos intereses y multas vencidas- y multas, cargos suplementarios por tributos a la importación o exportación y liquidación de tributos aduaneros hasta el 31 de agosto de 2023 inclusive.

La resolución fija las condiciones, plazos y procedimientos para la adhesión al régimen.

El acogimiento al régimen podrá realizarse hasta el 29 de diciembre de 2023.

Suspensión de juicios de ejecución fiscal y traba de medidas cautelares.

Por otro lado, la normativa suspende hasta el 31 de diciembre de 2023, inclusive, el inicio de los juicios de ejecución fiscal y la traba de medidas cautelares para los sujetos comprendidos, con excepción de las Medianas Empresas -Tramo 2- y los denominados “Demás contribuyentes”, en el marco de lo dispuesto por el inciso b) del artículo 1° la Resolución N° 1.416 del 21 de septiembre de 2023 del Ministerio de Economía.