Se dispuso que el procedimiento registral y de habilitación de plantas de acopio y/o procesamiento y/o industrialización de granos y/o derivados granarios de los operadores que realicen las actividades que requieran el uso de las mismas para desarrollarse, se efectúe a través del servicio “Sistema de Información Simplificado Agrícola – SISA”. Ahora, se efectúan adecuaciones en las normas que regulan las operaciones de compraventa de granos no destinados a la siembra, receptando en sus respectivas disposiciones la citada modificación.