Mediante la Resolución 6/2023, la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares, estableció los aumentos para las remuneraciones horarias y mensuales mínimas del Personal de casas particulares, a partir de octubre 2023.
El mismo, estará dividido en 3 tramos no acumulativos, y deberá abonarse de la siguiente manera:
- Octubre: 12%;
- Noviembre: 12%;
- Diciembre: 10%.
Escalas salariales de octubre 2023Por lo tanto, según el Anexo que acompaña la Resolución mencionada, la escala de remuneraciones para el Personal de casas particulares a partir del 1° de octubre de 2023, es la siguiente:
A) Supervisor/a: Coordinación y control de las tareas efectuadas por dos o más personas a su cargo.
- Personal con retiro: $ 1.428 por hora y $ 178.163 mensuales.
- Personal sin retiro: $ 1.564,5 por hora y $ 198.453,5 mensuales.
B) Personal para tareas específicas: Cocineros/as contratados en forma exclusiva para desempeñar dicha labor, y toda otra tarea del hogar que requiera especial idoneidad del personal para llevarla a cabo.
- Personal con retiro: $ 1.352 por hora y $ 165.523,5 mensuales.
- Personal sin retiro: $ 1.482,5 por hora y $ 184.256 mensuales.
C) Caseros: Personal que presta tareas inherentes al cuidado general y preservación de una vivienda en donde habita con motivo del contrato de trabajo.
- $ 1.277 por hora y $ 161.494,5 mensuales.
D) Asistencia y cuidado de personas: Comprende la asistencia y cuidado no terapéutico de personas, tales como: personas enfermas, con discapacidad, niños/as, adolescentes, adultos mayores.
- Personal con retiro: $ 1.277 por hora y $ 161.494,5 mensuales.
- Personal sin retiro: $ 1.428 por hora y $ 179.969 mensuales.
E) Personal para tareas generales: Prestación de tareas de limpieza, lavado, planchado, mantenimiento, elaboración y cocción de comidas y, en general, toda otra tarea típica del hogar.
- Personal con retiro: $ 1.184 por hora y $ 145.230,5 mensuales.
- Personal sin retiro: $ 1.277 por hora y $ 161.494,5 mensuales.
El personal que efectúe tareas incluidas en más de una categoría quedará comprendido en la que resulte la principal que desempeñe con habitualidad.
Adicional por zona desfavorable
Se aplicará un adicional por zona desfavorable equivalente al 30% sobre los salarios mínimos establecidos para cada una de las categorías respecto del personal que preste tareas en las Provincias de La Pampa, Río Negro, Chubut, Neuquén, Santa Cruz, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, o en el Partido de Patagones de la Provincia de Buenos Aires.