Novedades Impositivas y Laborales

 

RECLAMOS POR REGISTRACIÓN LABORAL: LA AFIP DEJA SIN EFECTO EL SERVICIO WEB DE “TELEGRAMAS LABORALES”

 

Mediante Resolución General 5560 publicada hoy en el Boletín Oficial, la AFIP dispone derogar la Resolución General 4747, publicada en fecha 30/06/2020, mediante la cual se había implementado el servicio informático denominado “Telegramas Laborales” que permitía a los trabajadores cargar la copia digital de la comunicación laboral enviada a su empleador, con impacto inmediato en las bases del Organismo para su posterior consulta por las áreas de investigación.

Asimismo se aclara que se mantendrá el servicio informático, que contiene la imagen digitalizada y los datos de la comunicación laboral enviada por los trabajadores a su empleador, a los efectos de permitir el acceso a los datos históricos de registración.

Ante la derogación de las multas laborales por medio del artículo 99 de la Ley Bases -L. 27742-, el Organismo dejó sin efecto el mecanismo mediante el cual el trabajador podía enviarle la copia del reclamo por falta o incorrecta registración laboral remitido a su empleador, conforme el derogado artículo 11 de la Ley 24013.

Las disposiciones de la resolución general entran en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial.

Recodamos que la ley 24.013, estableció en su artículo 11, que las indemnizaciones previstas en sus artículos 8°, 9° y 10 de la ley 24013 procederían cuando el trabajador o la asociación sindical que lo represente cumplimente en forma fehaciente la intimación al empleador a fin de que regularice la relación laboral, debiendo asimismo remitir a la Administración Federal copia del mencionado requerimiento dentro de las veinticuatro horas hábiles siguientes.

Posteriormente, AFIP desarrolló el servicio informático denominado “Telegramas Laborales” a efectos de posibilitar el envío a este Organismo de la copia prevista en el citado artículo 11 de la Ley N° 24.013, estableciendo el procedimiento de carga de la comunicación a través de la Resolución General 4747.

Finalmente y ante la reciente sanción de la Ley 27.742 de “Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos”, mediante su artículo 99 derogó los artículos 8° a 17 y 120, inciso a), de la Ley 24.013 y sus modificaciones, el Organismo entendió que corresponde dejar sin efecto la mencionada RG 4747.