Novedades Impositivas y Laborales

 

SIMPLIFICACIÓN CONTABLE PARA ASOCIACIONES CIVILES DE BUENOS AIRES

 

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero y la Dirección Provincial de Personas Jurídicas de la provincia de Buenos Aires, A través de la publicación de la Resolución General Conjunta 5840/2026, buscan reducir la carga administrativa de las asociaciones civiles con menor capacidad económica, permitiéndoles sustituir la presentación de estados contables tradicionales por un modelo simplificado de Estado de Recursos y Gastos

El objetivo es doble: asegurar la transparencia institucional mediante el control de la DPPJ y agilizar ante el fisco los trámites de exención en el Impuesto a las Ganancias conforme a la Resolución General 2681.

Sujetos alcanzados y exclusiones:

Podrán optar por este régimen las asociaciones civiles inscriptas en la Provincia de Buenos Aires que se encuentren en la Categoría 1.

Según la normativa vigente de la DPPJ, esta se define por:

• Parámetros de cantidad de socios e ingresos anuales.

• Ingresos que no superen el monto equivalente a la Categoría H del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (Monotributo).

Quedan expresamente excluidas aquellas asociaciones que no cuenten con un órgano de fiscalización propio.

El ‘Estado de Recursos y Gastos’

Las entidades beneficiarias podrán confeccionarlo basado en sus registros contables. Este documento:

• Debe ser fiel reflejo de los libros llevados según el Código Civil y Comercial de la Nación.

• Debe presentarse ante la DPPJ dentro de los 120 días corridos del cierre del ejercicio.

• Debe estar firmado por el representante legal y aprobado por la Asamblea General Ordinaria.

Interoperabilidad DPPJ – ARCA

La norma establece un mecanismo de comunicación electrónica:

* La DPPJ confeccionará el Formulario 1266 con el listado de entidades adheridas al régimen simplificado.

* Esa información se transferirá a la Agencia de Recaudación y Control Aduanero dentro de los 15 días hábiles posteriores a su aprobación.

* Las entidades serán caracterizadas en el Sistema Registral con el código ‘(584) – Asociaciones Civiles – BUENOS AIRES’.

Efectos ante la ARCA y vigencia

El Estado de Recursos y Gastos tendrá carácter de estado contable para todos los fines de la RG 2681 (exención de Ganancias) y la RG 4626 (Presentación Única de Balances – PUB).

La norma entra en vigencia a partir del 27 de abril de 2026, pero resulta de aplicación para los ejercicios iniciados desde el 1 de enero de 2025.

Aquellas entidades que adeuden balances de períodos anteriores podrán regularizar su situación utilizando este modelo simplificado.