Novedades Impositivas y Laborales

 

SANCIÓN DEFINITIVA A LA LEY DE BASES Y AL PAQUETE FISCAL

 

Luego de que ambas iniciativas volvieran a la Cámara de Diputados (Cámara de origen) con las modificaciones realizadas por el Senado de la Nación, este jueves desde las 12:00 horas se reunieron los Diputados, previa reunión parlamentaria para aceptar o rechazar los cambios impuestos por la Cámara revisora.

Y finalmente, tras seis meses de negociaciones por varios puntos propuestos, entrada la madrugada se sancionaron las primeras leyes de la gestión de Javier Milei.

Con 147 votos a favor, 107 en contra y 2 abstenciones, la Cámara de Diputados le dio sanción definitiva a la Ley de Bases.

Mientras que la Ley de Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes resultó sancionada en general con 144 votos afirmativos, 108 negativos y 3 abstenciones.

 

Ley de Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes

Este proyecto fue el que sufrió más modificaciones tras su paso por la Cámara Alta y la Comisión de Presupuesto y Hacienda de la Cámara de Diputados insistió, en el dictamen aprobado el pasado 25 de junio, sobre la restitución del Impuesto a las Ganancias y los cambios en Bienes Personales, de acuerdo a la media sanción en Diputados.

Por un lado, se restituyen los artículos sobre Impuesto a las Ganancias por lo cual pasarán a tributar el impuesto trabajadores solteros a partir de 1,8 millones de pesos y casados con hijos desde los 2,3 millones.

Por otro lado se aprobó respecto de Bienes personales un aumento a 100 millones de pesos el piso a partir del cual una persona se encontraría alcanzada por el tributo y se modifican las alícuotas progresivas que van del 0,5% al 1,5%. Además, se eliminan las diferencias entre bienes locales y bienes del exterior.

El título sobre bienes personales incluye, asimismo, la creación de un “Régimen Especial de Ingreso del Impuesto sobre los Bienes Personales” (REIBP) por medio del cual los contribuyentes que opten por este régimen estarán excluidos de toda obligación referida a este impuesto o cualquier otro impuesto nacional que se aplique sobre el patrimonio y que pudiera crearse para los períodos fiscales entre 2023 y 2027.

Finalmente, se intentó volver a la redacción original del artículo 111 referido a las exenciones tributarias que instaba al Poder Ejecutivo para que envié un plazo de 60 días un proyecto tendiente a incrementar los recursos hasta un 2% del PBI “mediante la supresión o modificación de exenciones tributarias, beneficios impositivos o cualquier otro gasto tributario en los términos del artículo 2 del decreto 1731/2004″, pero, a pesar de haber sido votado por 148 votos afirmativos, no alcanzó las mayorías necesarias para su reincorporación.

El resto de los temas abordados por el paquete fiscal se aprobó con las modificaciones introducidas por la Cámara Revisora.

Ley de Bases

Respecto a la ley de Bases se aceptaron los cambios impuestos por el Cámara Revisora, la cual consta de los siguientes Títulos:

• Título I – Declaración de Emergencia;

• Título II – Reforma del Estado;

• Título III – Contratos y Acuerdos Transaccionales;

• Título IV – Promoción del Empleo Registrado;

• Título V – Modernización Laboral;

• Título VI – Energía;

• Título VII – Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones – RIGI;

• Título VIII – Medidas Fiscales para un Ajuste Equitativo y de Calidad;

• Título IX – Disposiciones Finales; y, Anexo I

Quedaron fuera del régimen de privatizaciones las empresas Aerolíneas Argentinas, Correo Argentino y Radio y Televisión Argentina y se amplió el listado de Entidades que no podrán disolverse. En este aspecto, el Gobierno Nacional anticipó la posibilidad de avanzar con proyectos especiales de privatización para cada una de las empresas excluidas del texto que originalmente había aprobado Diputados.

Desde el Parlamento consideran que de enviarse estos proyectos los mismos podrían ser tratados ya que la propuesta no fue rechazada, por lo que no quedaría impedida de tratarse dentro del mismo año.

Asimismo, se aprobaron las modificaciones planteadas por el Senado al Título correspondiente al Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones (RIGI).

Finalmente, se eliminaron los capítulos correspondientes a la reforma previsional y el que proponía la eliminación de la moratoria previsional tanto para trabajadores en actividad como para aquellos en condiciones de jubilarse.