La ley 27826 se publicó hoy. La misma había sido aprobada el pasado 17 de septiembre en el Congreso Nacional e introduce modificaciones a la Ley de Procedimiento Fiscal -L. 11683-, ajusta las pautas de la declaración jurada simplificada del Impuesto a las Ganancias -L. 27799- y adecua las sanciones del régimen laboral rural -L. 25191-.
Procedimiento Fiscal y Ganancias Simplificada
Los puntos más relevantes relacionados con el Régimen de Inocencia Fiscal y las modificaciones tributarias son los siguientes:
• Discrepancia significativa: se precisaron las condiciones para configurar la discrepancia significativa, fijando parámetros claros de incremento del impuesto o reducción de quebrantos (porcentaje no inferior al 15% o superior al 5% del umbral fijado por el art. 1° del Régimen Penal Tributario L. 27430).
• Se aclaró el alcance de los períodos no prescriptos del IVA alcanzados por el beneficio de presunción de exactitud.
• Ampliación del universo de contribuyentes que pueden adherir al régimen simplificado de Ganancias, incluso para Grandes Contribuyentes Nacionales, en este último caso con alcance limitado de beneficios.
• Reducción de multas: se incorporó el artículo 49 bis a la L. 11683, otorgando una reducción de pleno derecho del 25% en las multas por infracciones formales (arts. 38, 39 y s/n) para micro, pequeñas y medianas empresas, personas humanas, sucesiones indivisas y entidades sin fines de lucro que no revistan la categoría de Grandes Contribuyentes. Para aquellas infracciones cometidas con anterioridad al 9/10/2026, que no se encuentren firmes o que encontrándose firmes, no hayan sido canceladas, se establece una reducción del 50%.
• Régimen laboral rural
• El Título II modificó el régimen sancionatorio de la Ley de Trabajadores Rurales para el incumplimiento de registración ante el RENATRE:
Graduación de la Infracción Tipificación Escala de Multa por Trabajador / Establecimiento
Infracciones Leves Declaración inconsistente del contrato $120.000 a $187.500
Infracciones Graves Declaración falsa del contrato $375.000 a $1.500.000
Infracciones Muy Graves Omisión total de la declaración del contrato $1.500.000 a $7.500.000
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Reincidencia: en caso de reincidencia dentro de los últimos 5 años, los topes máximos para infracciones muy graves podrán incrementarse hasta un 50%.
• Actualización por UVA: los montos fijos de las multas se actualizarán anualmente a partir del 1° de enero de 2027 considerando la variación anual de la Unidad de Valor Adquisitivo (UVA).