Se establece en $ 19.241,15 el valor de las multas con las cuales serán sancionados los empleadores autoasegurados, las aseguradoras de riesgos del trabajo y las compañías de seguros de retiro por el incumplimiento de las obligaciones a su cargo, conforme lo establece el artículo 32 de la ley 24557. Dicho importe, surge de aplicar la equivalencia del valor Módulo Previsional, de acuerdo a la última actualización del valor del Haber Mínimo Garantizado vigente.