La API reglamenta el beneficio que permite a los comercializadores de loteos
acceder a un crédito fiscal equivalente al 100% de la retención del impuesto
sobre los ingresos brutos sufrida en la primera venta de un lote, cuando el
fraccionamiento supere los diez lotes y el adquirente sea una persona humana que
destine el inmueble a vivienda.